Ciudadanía Metropolitana

Subsidios al transporte: reflexiones para el 2019

Por Ernesto A. Frúgoli

En el año 2017 las provincias junto con la Nación firmaron el Consenso Fiscal, en el cual se comprometieron no sólo a reducir los gastos sino a hacerse cargo de erogaciones que hasta el momento eran enfrentadas por el gobierno nacional. Durante el 2018 el gobierno, luego del acuerdo con el FMI, se propone alcanzar el déficit fiscal cero. Con esta premisa se elaboró el presupuesto nacional para el ejercicio fiscal 2019, y con ello, una de las partes de impacto en términos fiscales para las jurisdicciones provinciales era la quita de subsidios al transporte.

El Presupuesto 2019 cuenta con dos artículos claves en lo que a subsidios al transporte se refiere. Específicamente el artículo 115 que no sólo deroga un párrafo del Decreto 652/2002, a través del cual se facultaba a la ex Secretaría de Transporte a para celebrar convenios con autoridades provinciales y/o municipales para incluir en el SISTAU líneas de transporte afectadas al servicio público por automotor urbano de pasajeros de dichas jurisdicciones. Sino que además deja sin efecto los convenios ya suscriptos.

Ahora bien, qué es el SISTAU y qué implica la aplicación del artículo antes mencionado. El Decretos Nº 652/ 2002 modificó la estructura del SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT), incluyendo en el mismo el SISTEMA VIAL INTEGRADO (SISVIAL) y el SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE TERRESTRE (SITRANS), mientras que este último quedó conformado por el SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO (SIFER) y el SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), encontrándose éste a cargo de las compensaciones tarifarias para el transporte público de pasajeros automotor de carácter urbano y suburbano.

Asimismo, el Decreto 678/2006 estableció un Régimen de Compensaciones Complementarias (RCC) al SISTAU destinado a compensar los incrementos de costos incurridos por las empresas de servicios de transporte público de pasajeros automotor de carácter urbano y suburbano bajo jurisdicción nacional que prestan servicio en el AMBA [1]. Luego, a través del Decreto 98/2007, previo reclamo de las provincias, se conformó el fondo de Compensaciones Complementarias a las Provincias (CPP) destinado a compensar los mismos incrementos de costos, pero para las empresas que prestan servicios en las Provincias. Ambos fondos se distribuyen a través del SISTAU.

Por tanto, la eliminación de los convenios firmados con las provincias implicaría que las mismas dejarán de percibir los fondos para subsidiar las tarifas a través del SISTAU.

Cabe destacar, que se mantiene el acuerdo de suministro de gasoil a precio diferenciado.

En el siguiente cuadro se detalla la distribución del SISTAU durante el año 2018 desagregado por provincia. Además, se muestra el monto correspondiente al AMBA y a lo que, el Ministerio de Transporte, llama Jurisdicción Nacional que en su mayoría corresponde también al AMBA.

Para mitigar el costo de las provincias, el artículo 125 del Presupuesto Nacional 2019 crea el FONDO DE COMPENSACIÓN al transporte público de pasajeros por automotor urbano del interior del país por $6.500 millones. De los cuales $1.500 millones están destinados a compensar posibles desequilibrios financieros a aquellas jurisdicciones que reciben al 31 de diciembre de 2018 compensaciones por parte del Estado nacional. La asignación de los criterios de distribución queda reservada para el Ministerio de Transporte. Mientras que los restantes $5.000 millones serán distribuidos a aquellas jurisdicciones que no son beneficiarias de la compensación por atributo social interior, como mínimo un monto igual al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las compensaciones abonadas por el Estado nacional tanto a través del Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU) y su Compensación Complementaria Provincial (CCP), como asimismo en concepto de combustible, durante el período anual 2018. La distribución de este fondo se realizará de acuerdo a la participación de cada una de las jurisdicciones, sin considerar los montos liquidados en el marco de la compensación por atributo social, respecto del total de compensaciones abonadas por el Estado nacional a la totalidad de dichas jurisdicciones en el año 2018.

Ahora bien. Cómo se implementará este fondo en la práctica y cuál será el costo fiscal final para las provincias no está muy claro todavía. Específicamente, durante el año 2018, por SISTAU se distribuyeron $11.503 millones. De este monto, $ 4.079 millones corresponden a la jurisdicción nacional (es decir aquellas líneas urbanas cuyas trazas cruzan más de una jurisdicción) y $3.313 millones al AMBA, cuya distribución no se vería afectada por la nueva normativa. El resto se distribuyó entre las provincias.

Si al total distribuido le restamos el monto de AMBA incluyendo a la Jurisdicción Nacional al total distribuido, el total de 2018 fue de $8.189 millones, por lo tanto, el Fondo de Compensación es un 61% de dicho monto.

La distribución de los $5.000 millones correspondientes al Fondo de Compensación se realizará de acuerdo con la participación de las provincias en el monto total. En el cuadro precedente se pueden observar los valores a recibir por las jurisdicciones.

El Fondo de Compensación comenzó a regir en enero de 2019. A la fecha, si bien hay publicaciones oficiales, éstas son preliminares. De todas maneras, en el cuadro anterior se realizó la comparación entre lo recibido por las provincias a través del SISTAU en el primer trimestre del año 2018 y lo distribuido vía Fondo de Compensación a la fecha.

El Fondo lleva distribuido $990,8 millones, mientras que el SISTAU registró transferencias el primer trimestre de 2018 por $703,23 millones. Esto es un 40,9% de incremento que se encuentra en términos reales por debajo de la inflación interanual que asciende a 54,7%.

Por su parte, el SISTAU continúa distribuyendo fondos en el AMBA. A continuación, se exponen los montos recibidos durante el primer trimestre de 2018 y 2019 (datos preliminares).

Como vemos en la gráfica la distribución del subsidio en el primer trimestre del 2019 ha tenido un incremento para el AMBA, teniendo en cuenta las trazas de los colectivos que cruzan de CABA a provincia de Buenos Aires, del orden del 80,3% que supera en términos reales a la inflación interanual del trimestre en 25,3 puntos porcentuales.

Teniendo en cuenta las nuevas medidas anunciadas por el gobierno, de no realizar aumentos tarifarios para el transporte en lo que resta del 2019, será importante analizar la evolución de estos subsidios con el objeto de evaluar su impacto en el logro de obtener el equilibrio fiscal para este año.

 

[1] Transporte Metropolitano Ley 25.031 – Art. 2° -El área metropolitana de Buenos Aires, comprende el territorio de la Capital Federal -o la designación que en el futuro la autoridad competente le diera a dicha jurisdicción- y los siguientes partidos de la provincia de Buenos Aires: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Lobos, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Mercedes, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Punta Indio, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López, Zárate y los que en el futuro deban ser incluidos como consecuencia del desarrollo urbano cuando las relaciones funcionales del área así lo requieran.